Como administradores de fincas el área básica y clásica de actuación suele ser la de una comunidad de propietarios asentada en un edificio de viviendas. Estos edificios suelen estar en las ciudades. Administramos tanto comuniadades de propietarios de reducido tamaño, como comunidades constituídas por viviendas que alcanzan las 200 unidades. Tanto en un caso como en otro nuestro trabajo es exigente. La administración de fincas la llevamos tanto en Valencia como en su provincia, administrando en la actualidad comunidades de propietarios en poblaciones como Torrent, Burjassot, Paterna, Sagunto, Náquera, Manises...
¿QUÉ HACEMOS COMO ADMINISTRADORES DE FINCAS?
Prestar un servicio transparente y de calidad. Nuestros Administradores de Fincas colegiados son también Abogados y consecuentemente el conocimiento de la materia es el más adecuado para el desarrollo del trabajo.
• Asesoramiento legal sobre la Ley de Propiedad Horizontal en todos los aspectos que pudieran tener relación con dicha finca.
• Reparto y cobro de la cuotas a pagar por los propietarios, gestionando los recursos procedentes de dichas cuotas.
• Seguimiento y control de proveedores, averías, seguros, bancos, Seguridad Social, Hacienda… pactando las mejores condiciones de servicio para la comunidad.
• Solicitud de presupuestos para su presentación a la Comunidad de todos los servicios que sea necesario contratar.
• Gestión de personal, preocupándose del correcto funcionamiento de la relación laboral entre los trabajadores y patrono. Asimismo nos ocupamos de todas las gestiones con el empleado (nominas, Seguridad Social, bajas, incapacidades…).
• Gestión económica completa, con realización de presupuestos, seguimiento, control y justificación de gastos ajustados al presupuesto, gestión de los ingresos, saldos individualizados según División Horizontal, liquidaciones…
• Informes trimestrales de ingresos, gastos e impagados, para que el presidente tenga en todo momento conocimiento de la situación real de la Comunidad.
• Análisis de los grupos de reparto de los gastos en función de la Ley de Propiedad Horizontal y los Estatutos.
• Realización de los estados contables para su aprobación en Junta, siempre bajo criterios contables e información clara y precisa.
• Gestión y cobro de morosos con sus correspondientos procedimeintos monitorios.
• Pagos a proveedores, nóminas y acreedores.
• Convocatoria y asistencia a Juntas Ordinarias y Extraordinarias, y confección del acta posterior a la Junta, y envío a todos los copropietarios.
• Realización de todas las gestiones para llevar a cabo la I.T.E. (inspección técnica de edificios), así como la gestión de las subvenciones oportunas.
• Cualquier otra actuación que requiera la Comunidad, estando abiertos a todo tipo de sugerencias para mejorar nuestro servicio.
EN TORRES Y LUCENA somos conocedores de la importancia que tiene para la imagen de la empresa, la óptima entrega de la vivienda. La Constitución de la Comunidad de Propietarios es una tarea que requiere especialización y competencia.
El Promotor, como único propietario, nombra al Administrador de Fincas del Edificio que comienza a realizar los trámites de Constitución de la Comunidad: Solicitud del C.I.F., Legalización del Libro de Actas, elaboración de estatutos, apertura de cuenta comunitaria, contratación del Seguro Comunitario, contratación de los servicios de mantenimiento de extintores, ascensor, teléfono del ascensor, etc...
Todo ello para que los nuevos propietarios no tengan ninguna preocupación para constituir la Comunidad. El Promotor solamente tiene que acercarse a nuestro Despacho con las Escrituras de División Horizontal y formalizar el contrato.